Sistema político francés

El sistema político francés

Francia es famosa por sus museos, paisajes, edificaciones y concepto romántico. Sin embargo, si quieres vivir en este país es importante que aprendas sobre ¡el sistema político francés!

Francia, oficialmente República Francesa, es un país soberano y transcontinental, pues su territorio está repartido en tres continentes. Es el país más grande que forma parte de la Unión Europea. Si estás considerando hacer vida en este país, es importante que conozcas algunos datos concretos. Hoy te hablamos del sistema político francés y cómo se divide el poder en este país.

Liberté, égalité, fraternité

Sigue siendo el lema oficial de Francia y actualmente aparece en el artículo 2 de la Constitución de 1958.

Su orígen data de la Revolución Francesa y se popularizó porque las fachadas de las casas fueron pintadas con esa frase, que complementaba  a “La République une et indivisible – Liberté, Égalité, Fraternité ou la Mort” (La República  es una e indivisible – Libertad, Igualdad, Fraternidad o la Muerte).

Fue también, el lema utilizado por los republicanos y liberales en el siglo XIX en sus luchas por la Democracia. 

Sistema político francés

Cuando se habla del sistema político nos estamos refiriendo a ese conjunto de instituciones que se distribuyen el poder de un  país. También se incluyen las normas que rigen los procesos para alcanzar el poder y cómo ese poder debe ser ejercido.

¿Cuál es la forma de gobierno de Francia?

Francia es un país que posee una forma de gobierno unitaria y democrática, representada por un régimen político presidencialista. 

La elección de quienes ejercen el poder se encuentra en manos de los ciudadanos, tal y como lo establece el artículo 3 de esta Constitución. ¡Los ciudadanos ejercen este derecho por medio del voto!

Constitución de la V República de Francia

Esta es la Constitución que se encuentra vigente. Fue aprobada por el Consejo de Ministros, por el Consejo de Estado y el referéndum del 28 de septiembre de 1958. Dándose inicio así, a lo que se conoce como la “Cinquième République (Quinta República)

La Constitución está compuesta por 108 artículos. A lo largo de esos artículos se establecen las reglas de funcionamiento del Estado francés, cómo se elige el Poder y cómo ese poder debe ser ejercido.

Sin embargo, mediante la decisión N7144DD del 16 de julio de 1971, el Consejo Constitucional reconoce valor constitucional a la libertad de asociación y, en consecuencia,  se le otorgó valor constitucional al preámbulo de la Constitución.

Luego de esa decisión se aprobaron cuatro aportes más al texto constitucional:

  • En el primero se asimilaron a la Constitución La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 y el preámbulo de la Constitución de 1946.
  • Un segundo aporte consistió en la inclusión de principios que fueron extraídos del preámbulo de 1946. De esta forma se definieron un conjunto de derechos sociales políticos y económicos, entre ellos la igualdad entre el hombre y la mujer.
  • El tercero, se creó una segunda categoría de principios denominados principios fundamentales reconocidos por las leyes de la República. Con estos principios el Juez Integra a la Constitución los aportes legislativos en materia de derechos y libertades fundamentales.

En definitiva, la norma fundamental de Francia está compuesta por la Constitución propiamente dicha, pero el bloque constitucional está constituido además por los aportes señalados a los cuales se les ¡reconoció valor y rango constitucional!

Organización política y administrativa de Francia

Francia es un país con un régimen democrático, parlamentario y presidencial, en donde existe una separación tradicional de poderes. Estos son: 

  1. Ejecutivo: Representado por el Presidente de la República, y el Primer Ministro con su gabinete de Gobierno.
  2. Poder Legislativo: Ejercido por medio del Parlamento, Asamblea Nacional y Senado.
  3. Poder Judicial:  Representado por la magistratura, siendo independiente de los otros dos poderes.

Président de la République et le Premier Ministre (El Presidente de la República  francesa y el Primer Ministro)

El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente y el Primer Ministro.

El Presidente es elegido cada 5 años mediante el sufragio universal, teniendo posibilidad de ser reelegido. Esta elección se realiza por medio de un sistema mayoritario uninominal a 2 vueltas. Sin embargo, si un candidato obtiene mayoría absoluta en la primera vuelta, es proclamado como Presidente.

Si no existe mayoría absoluta en la primera vuelta, la participación de la segunda, solamente  será para los dos candidatos más votados. 

El presidente de Francia, con el beneplácito de la Asamblea, designa al Primer Ministro, para ser el representante ante el Parlamento. Puede proponer proyectos de ley que influyan en los funcionamientos de los poderes públicos. Incluso en situaciones de crisis puede asumir poderes excepcionales en situaciones de crisis.

Gabinete de Gobierno

Está conformado por El Primer Ministro, los Ministros de Estado, quienes son secretarios encargados de un departamento específico; y, los Ministros Delegados. 

El Gabinete de Gobierno tiene la facultad de nombrar los cargos civiles y militares. También tiene la facultad de sustituir al Jefe de Estado en la presidencia del Consejo de Ministros.

Asamblea Nacional y Senado

El Poder Legislativo lo ejerce el Parlamento de Francia. Este Parlamento es bicameral, pues está constituido por la Asamblea Nacional y el Senado. 

La Asamblea Nacional cuenta con 577 Diputados elegidos por los ciudadanos. Esta elección tiene una validez de 5 años, por un escrutinio uninominal de 2 turnos. 

El Senado por su parte, cuenta con 348 Senadores electos por un periodo de tiempo de 9 años, mediante el sufragio indirecto de “los grandes electores”. Sin embargo, una tercera parte de estos Senadores, es renovado cada 3 años. 

Conseil Supérieur de la Magistrature (El Consejo Superior de la Magistratura)

Representa el Poder Judicial Francés. El Consejo Superior de la Magistratura está constituido por dos salas, presididas por el Presidente de la República. La primera sala se compone de Jueces, mientras que la segunda de Fiscales.

El Consejo Superior de la Magistratura propone al Jefe de Estado, candidatos a Consejeros del Tribunal de Casación, el primer presidente del Tribunal de Apelación y, por supuesto, el Presidente del Tribunal de Gran Instancia. 

Este consejo junto al Presidente de la República, tienen el objetivo de garantizar la independencia de la autoridad judicial.

El sistema político francés al ser de naturaleza democrática, busca que exista una separación y equilibrio entre los Poderes. Cada uno de los órganos tiene claramente definidas y delimitadas sus competencias. Esto permite que funcione el sistema de controles, pesos y contrapesos que favorece una verdadera democracia, ¡Tal como lo planteó Montesquieu!

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Au revoir!

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